La Horra regula sus caminos rurales y establece una nueva tasa de alcantarillado
El Ayuntamiento de La Horra ha aprobado definitivamente dos nuevas ordenanzas municipales que afectan a dos ámbitos relevantes para los vecinos del municipio: la regulación de los caminos rurales y la tasa por el servicio de alcantarillado y depuración. Los dos acuerdos fueron aprobados por el Pleno municipal el pasado 26 de junio y han quedado elevados a definitivos tras no presentarse reclamaciones durante el periodo de exposición pública. Su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos se ha producido este lunes, 28 de septiembre.
Restricciones para el uso de los caminos rurales
La nueva ordenanza establece el régimen de uso, mantenimiento y protección de los caminos rurales, sendas y vías públicas de titularidad municipal. El texto contempla como usos propios el acceso a fincas, la comunicación con localidades próximas, el desplazamiento de vehículos y maquinaria agrícola y el tránsito pecuario, además de las actividades agrícolas, ganaderas, forestales o de ocio compatibles con estas vías.
Una de las principales limitaciones afecta a los vehículos pesados. Con carácter general, queda prohibido el tránsito de vehículos de más de 30 toneladas, salvo que cuenten con un permiso especial del Ayuntamiento. El Consistorio también podrá limitar el tránsito y la circulación de vehículos en determinadas épocas del año.
La ordenanza también fija obligaciones para los propietarios de las fincas colindantes. Estos deberán evitar que tierras, piedras, paja, plásticos, cajas u otros materiales terminen en los caminos, cunetas o zonas de escorrentía. Si no se realiza la limpieza requerida por el Ayuntamiento, los trabajos podrán ejecutarse a costa del propietario, sin perjuicio de la correspondiente sanción.
Distancias para arados, vallados y plantaciones
El texto establece igualmente diferentes distancias mínimas para las actuaciones en las parcelas próximas a los caminos. En las labores de arado deberá respetarse una distancia mínima de un metro desde la arista exterior del camino cuando no exista cuneta. Si existe cuneta, la distancia mínima será de 50 centímetros desde su arista exterior. Además, la maquinaria agrícola no podrá realizar giros sobre el camino durante las labores.
Para los nuevos vallados y construcciones se establece una distancia mínima de tres metros desde el límite exterior de los caminos o de cinco metros desde su eje cuando dicho límite no esté definido. Por su parte, las nuevas plantaciones arbóreas requerirán autorización municipal cuando se sitúen a menos de seis metros de la arista exterior del camino.
La ordenanza también regula los accesos a las fincas. Los nuevos entraderos deberán contar con las correspondientes autorizaciones y, en el caso de una entrada a una sola finca, tendrán una anchura mínima de cinco metros y un tubo de al menos 40 centímetros de diámetro. Para accesos compartidos entre dos fincas, la anchura mínima será de ocho metros.
Multas de hasta 10.000 euros
El nuevo reglamento municipal establece tres categorías de infracciones: leves, graves y muy graves.
Las sanciones económicas oscilarán entre 100 y 1.000 euros para las infracciones leves, entre 1.001 y 5.000 euros para las graves y entre 5.001 y 10.000 euros para las muy graves. Además, las personas responsables deberán reparar los daños ocasionados en los caminos.
Entre las infracciones muy graves se incluyen, entre otras, la realización de obras no autorizadas en los caminos, determinadas actuaciones que causen daños o impidan su utilización, la ocupación sin autorización administrativa y la roturación o plantación no autorizada en un camino rural o en su zona de afectación.
Nueva tasa de alcantarillado
La segunda ordenanza aprobada por el Ayuntamiento regula la tasa de alcantarillado y depuración. La normativa establece que estarán sujetos al pago tanto los propietarios en determinados supuestos de acometida como los ocupantes o usuarios de las fincas beneficiarias del servicio.
La ordenanza fija una cuota de 180 euros para nuevos enganches destinados a viviendas o locales de uso doméstico y de 250 euros para actividades económicas, industriales y comerciales.
En cuanto al servicio de alcantarillado, para el uso doméstico se establece una tarifa anual de 26 euros hasta los 60 metros cúbicos, mientras que los consumos superiores se someten a diferentes importes en función del volumen. Para actividades económicas, industriales, comerciales y explotaciones ganaderas, la tarifa parte de 52 euros hasta los 60 metros cúbicos y aumenta progresivamente según el consumo.
Las liquidaciones se realizarán de forma semestral, por lo que la tarifa doméstica parte de 13 euros hasta los 60 metros cúbicos, mientras que para actividades económicas, industriales, comerciales y explotaciones ganaderas asciende a 26 euros en ese primer tramo.
Además, quienes soliciten una licencia de acometida deberán ingresar una fianza de 60,10 euros, que será devuelta previa petición una vez comprobado que la red de abastecimiento y la vía pública no han sufrido daños. La nueva ordenanza fiscal entra en vigor desde su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia y permanecerá vigente hasta que sea modificada o derogada expresamente.
